NUEVA DENUNCIA PENAL DEL ABOGADO JAVIER GARIN CONTRA JAVIER MILEI, SANTIAGO CAPUTO Y OTROS



Con fecha 29 de enero el abogado de DDHH radicó una nueva denuncia penal contra Javier Milei, Santiago Caputo y otros,quedando asignada por sorteo al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 10 (Dr. Julian Ercolini) y registrada bajo el nro de causa CFP 303/2025.  


FORMULA DENUNCIA POR ATENTADOS CONTRA EL ORDEN CONSTITUCIONAL, DISCRIMINACION, INSTIGACION A COMETER DELITOS, INTIMIDACION PÚBLICA, ABUSO DE AUTORIDAD, INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO

 

Señor Juez:

                        JAVIER ADRIAN GARIN, abogado, T. VI f. 266 Colegio de Abogados de Lomas de Zamora, T. 32 f. 735 Colegio Público de Abogados de Capital Federal, matrícula federal T.601 f. 478 de la Cámara Federal de La Plata, CUIT 20-16961097-6, IBR 902-100039-2, con domicilio real en calle Las Heras 1829 Banfield, con domicilio electrónico 20169610976,  celular 1159909876, a V.S. dice:

                        I)Que viene a formular denuncia y solicitar ser tenido como querellante (a cuyo fin acompañará la pertinente tasa de justicia) CONTRA EL PRESIDENTE DE LA NACION JAVIER MILEI, CONTRA EL ASESOR PRESIDENCIAL SANTIAGO CAPUTO y/o contra cualquier funcionario público que hubiera participado, por cualquier título que fuese, en las conductas que se describen en el presente libelo, por la posible comisión de los delitos de atentado contra el orden constitucional, discriminación, instigación a cometer delitos, intimidación pública, abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público y/u otros delitos que surjan de la investigación y/o la calificación legal que correspondiere. Tales delitos se dan en el marco de una supuesta “batalla cultural” para imponer -mediante el sistema de “tanteo” (Stefan Zweig dixit)- la modificación radical del orden jurídico a fin de implementar una AGENDA GLOBAL EXTRANJERA AJENA A LAS TRADICIONES DEMOCRÀTICAS Y EL ESPIRITU DE TOLERANCIA DE LA NACION, IDEADA EN LAS USINAS IDEOLOGICAS DE LA ULTRADERECHA GLOBAL, a la vez que se intenta enajenar los recursos y el patrimonio de los argentinos en beneficio de los socios comerciales y/o políticos del Presidente de la Nación, conforme se explicitará.

                   II) ESTA SITUACION YA HABIA SIDO ANTICIPADA EN ANTERIOR DENUNCIA DEL SUSCRIPTO/:

                   En marzo del pasado año el suscripto radicó denuncia penal contra Milei, Villarruel y Yofré por reivindicación del Terrorismo de estado (apología del delito) y otras figuras penales en relación a los insistentes dichos de los denunciados de negacionismo de los crímenes de la última dictadura militar (Causa CFP 1091/2024). En ulteriores incidencias, el suscripto hizo hincapié en la necesidad de sancionar los supuestos “excesos verbales” de los imputados, en particular de quien ejerce la máxima magistratura de la República, por cuanto -sostuvo el suscripto- “ni la libertad de expresión ni el libre pensamiento político autorizan a nadie a sostener, por ejemplo, que “está bien matar judíos o negros”, o que “se justifica el asesinato de zurdos”. Tales opiniones, públicamente sostenidas para inducir a la opinión pública o a diversas personas a avalar tales actos, es DELITO y no OPINION libre. Y la difusión de doctrinas racistas, ideología nazi y similares no son considerados actos legítimos propios de la democracia sino que se los tipifica como delitos, que en unos casos pueden constituir apología de crímenes y en otros instigación para cometerlos. De hecho, tal como manifestáramos en la denuncia original, en países como Alemania o Italia está prohibido y penalizado el negacionismo en torno al nazismo y el fascismo. Parece ser que cualquier cosa que diga el actual Presidente y sus aliados se encuentra amparada por la “normalización de lo aberrante” bajo la excusa de un “estilo irreverente” y “transgresor”, y así lo hemos visto insultar a sus adversarios llamándolos “mogólicos” -agraviando a las personas que tienen familiares con discapacidades y fomentando la discriminación-, proponiendo en público un “mercado de órganos”, etc.”. También en aquella causa el suscripto planteó que la permisividad frente a tales inconductas traería como consecuencia nuevas y mayores transgresiones poniendo en riesgo la convivencia pacífica y democrático a que aspira toda sociedad civilizada. Lamentablemente, vemos que no sólo se ha visto confirmada tal anticipación sino que se han redoblado las agresiones y discriminaciones contra distintos grupos sociales argentinos.

                    III) EL MÈTODO HITLERIANO DEL “TANTEO” Y LA “VENTANA DE OVERTON”

                        La escalada verbal y la instalación de agresiones y discriminaciones progresivas para ampliar la esfera de lo “naturalizable” como condición para imponer cosmovisiones discriminatorias no es algo nuevo. El célebre escritor austríaco de origen judío Stefan Zweig relata en “El mundo de ayer”[1], dentro del capítulo titulado “Incipit Hitler”, el imparable ascenso de la ultra derecha en Alemania y Austria, mientras la sociedad y los intelectuales subestimaban el peligro. “Ni siquiera los judíos alemanes se mostraron demasiado preocupados. Se engañaban con la ilusión de que un ministre jacobin ya no era un jacobino, de que un canciller del Reich depondría, por supuesto, la vulgar actitud de un agitador antisemita. Y, por último, ¿podía imponer nada por la fuerza a un Estado en que el derecho estaba firmemente arraigado, en que tenía en contra a la mayoría del Parlamento y en que todos los ciudadanos creían tener aseguradas la libertad y la igualdad de derechos, de acuerdo con la Constitución solemnemente jurada?” Pero todo ello se destruyó progresivamente mediante lo que Zweig llama “el método del tanteo “, que se basa en explorar la indiferencia de la gente ante sus crecientes provocaciones.     Cuenta que “…el nacionalsocialismo (…), se guardaba muy mucho de mostrar el radicalismo total de sus objetivos antes de haber curtido al mundo. De modo que utilizaban sus métodos con precaución; cada vez igual: una dosis y, luego, una pequeña pausa. Una píldora y, luego, un momento de espera para comprobar si no había sido demasiado fuerte o si la conciencia mundial soportaba la dosis (…). Lo más genial de Hitler fue esa táctica suya de tantear el terreno poco a poco e ir aumentado cada vez más su presión (…) también la acción contra la libre expresión y cualquier libro independiente en Alemania se llevó a cabo con el mismo método de tanteo previo. No se promulgó una ley que prohibiera lisa y llanamente nuestros libros: eso llegaría dos años más tarde; en lugar de ello, por lo pronto se organizó un pequeño ensayo para saber hasta dónde se podía llegar y se endosaron los primeros ataques contra nuestros libros a un grupo sin responsabilidad oficial: los estudiantes nacionalsocialistas. Siguiendo el mismo sistema con que se escenificaba la «ira popular» para imponer el boicot a los judíos -decidido desde mucho antes-, se dio una consigna secreta a los estudiantes para que manifestaran públicamente su «indignación» contra nuestros escritos”, organizando quemas de libros extraoficiales, hasta que luego todo se vio convalidado mediante un decreto que prohibía lisa y llanamente a los autores en lista negra. Fue así como se avanzó poco a poco, insulto tras insulto, provocación tras provocación, hasta que de pronto la gente se enteró “horrorizada, de que existían campos de concentración en tiempos de paz y de que en los cuarteles se construían cámaras secretas donde se mataba a personas inocentes sin juicio ni formalidades”. Al principio eran solo insultos y amenazas, pero como nadie reaccionaba, Hitler encontró la forma de librarse radicalmente de los “zurdos hijos de puta”, los “viejos meados”, los “mogólicos”, los “homosexuales abusadores de niños”…

               Este “método del tanteo” o avance progresivo desde la no aceptación hasta la permisividad de lo inconcebible apareció más tarde teorizado como “ventana de Overton” (por su conceptualizador Joseph Overton). Concepto que supone tornar política y socialmente admisibles conductas y postulados que la sociedad hasta entonces rechazaba mediante su instalación progresiva e indirecta. Concepto retomado por otros autores como una praxis de grupos ideológicos extremistas para "legalizar cualquier cosa" siguiendo una serie de pasos. Concretamente, se atribuye a la extrema derecha poner en práctica tal metodología. En la actualidad, la ultraderecha internacional asimiló la noción gramsciana de batallas por la hegemonía cultural como paso previo para la radical modificación de las reglas de juego democráticas a fin de llevar adelante su programa hacia una deriva autoritaria que pone en peligro la democracia tal como la conocemos. En esta línea -entiende el denunciante- se inscriben las violencias verbales del Presidente, que deben evaluarse en su conjunto como parte de un método de radicalización social e institucional, cuyo objetivo parece haberse delineado en el hecho que analizará a continuación.

                    III) INSÓLITA ENCUESTA ENCARGADA POR SANTIAGO CAPUTO DESNUDA DERIVA ANTIDEMOCRÁTICA:

                      De acuerdo a informaciones periodísticas publicadas en distintos medios a partir del 20 de enero, Santiago Caputo armó una megaencuesta para medir si los argentinos aceptarían un régimen autoritario.”  De acuerdo a La Política On line y otros medios, “fuentes libertarias confirmaron a LPO que la encuesta la ideó Caputo y no tuvo que encargársela a ninguna consultora, ya que se hizo por medio de la plataforma es.research.net.”[2] Agrega: “Una de las preguntas es "¿En qué país prefiere vivir?". El direccionamiento de la pregunta tiene un claro sesgo del objetivo del gobierno libertario, que se apoya en la obtención de resultados económicos Las dos opciones para responder son "En un país con un gobierno democrático que respete los derechos individuales de las personas" o "En un país con un gobierno autoritario que logre buenos resultados económicos". para correr los límites del respeto a las instituciones” (ver nota citada). 

               Se sostiene en las publicaciones periodísticas que “Caputo tiene una cuenta asociada en Twitter que se llama "Milei Emperador" y coquetea frecuentemente con la idea de un régimen imperial libertario. Dos de los modelos preferidos por el propio Milei son el del salvadoreño Nayib Bukele y el húngaro Viktor Orban.”. Se citan asimismo cuentas de twitter asociadas a este personaje en las que aparecen reiteradas manifestaciones de desprecio hacia la institucionalidad democrática.

                 Por las funciones que ejerce en el Gobierno Nacional, su estrecha cercanía a Milei, su influencia en el actual sistema de poder, el accionar de este individuo resulta por demás preocupante. Por cierto no está prohibido hacer encuestas ni soltar frases poco felices cuestionando la democracia, pero lo expuesto denota la INTENCIONALIDAD DE PROPENDER HACIA LA ABOLICIÓN DEL ACTUAL SISTEMA INSTITUCIONAL EN DESMEDRO DE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES.

              Entiende que debe investigarse si existe un plan tendiente a instaurar un gobierno autoritario que, como se amenaza indirectamente en la encuesta, abandone la democracia y el respeto a los derechos individuales, lo que podría enmarcarse en alguna de las figuras constitutivas de atentado al orden constitucional (arts. 226, 226 bis, 227, 227 bis, 227 ter, 228 y conc. CP, arts.22, 29, 36 de la CN)

                    IV) AGENDA GLOBAL DEL ODIO/ LA “INTERNACIONAL DEL ODIO”

                    No es un secreto ni una teoría conspiracionista que desde la usinas ideológicas de la extrema derecha norteamericana, desde mucho antes de la primera presidencia de Donald Trump, un núcleo de ideólogos que tienen como referente al ex asesor presidencial y consultor político Steve Bannon y la Fundacion Movimiento ha sido muy activo en promover una serie de interrelaciones a nivel internacional con la finalidad de crear una agenda global de ultraderecha y una “Internacional derechista”. Así como copiaron de Gramsci la idea de la “batalla por la hegemonía cultural” contra lo que denominan el “marxismo cultural” (siempre el lenguaje de la “guerra fría”), también copiaron de la izquierda la idea de una Internacional encargada de la coordinación política y el apoyo mutuo de gobiernos y movimientos ultraconservadores. Ello se dio en el marco de un replanteo geopolítico dentro de las elites norteamericanas que se ven amenazada por el ascenso global de China y buscan reconfigurar el sistema global y reposicionar a USA. Otros objetivos globales persiguen la desarticulacion de la Union Europea promoviendo los nacionalismos antieuropeístas en la UE (ejemplo de ello es el Brexit, el apoyo a movimientos ultraderechistas como el de Le Pen, Voxx, el neofascismo, los neonazis, etc). Y sobre todo, acabar con la agenda contra el Cambio Climático, ya que este movimiento está financiado en parte por las grandes petroleras que combaten las restricciones ambientales en defensa de sus negocios. La hostilidad furiosa contra el Papa se debe precisamente a la Enciclica Laudato Si, que promueve el ambientalismo. Steve Bannon ha organizado ataques contra la figura del Papa y no por casualidad Milei lo ha llamado “representante del maligno”.

                  Reforzando la agenda de ultraderecha, este movimiento asumió asimismo lo que ha dado en denominar una lucha cultural contra el “wokismo”, apoyado en los lamentables excesos de cierto progresismo desnortado que buscó imponer sus ideas mediante la “cultura de la cancelación”. Pero lejos de combatir los excesos, se ha empezado a atacar toda consigna, medida o legislación que se oponga a la discriminación y tienda a la igualdad, lanzando los ataques en nombre de la propia igualdad.

                   Es en este marco que el denunciando Milei redobló sus violencias verbales hacia distintos sectores incurriendo en infracciones graves al orden jurídico vigente y apoyó las expresiones de la Internacional del Odio, avalando y defendiendo a su socio político y empresarial Elon Musk, en lo cual esta parte entiende que habría cometido delitos, conforme se verá.

                      V) APOYO Y DEFENSA DE MILEI A LAS MANIFESTACIONES NEONAZIS DE SU SOCIO ELON MUSK/ VIOLACION DE LA LEY ANTIDISCRIMINATORIA/ INCITACION A COMETER DELITOS/ INTIMIDACION PÚBLICA.

                     Conviene aventar de entrada una objeción. Se dirá que el denunciado Milei no puede ser vinculado al nazismo porque se proclama liberal y enemigo del Estado y porque dice ser judío o aspirar a serlo. Fuera de que no se puede descartar que el pretenso judaísmo no sea más que una máscara para encubrir del apoyo a postulados nazis y ponerse a cubierto de manera anticipada a todo cuestionamiento, resulta más que discutible la realidad del también pretenso y autoproclamado liberalismo, pues de lo contrario no podría avalar o intentar imitar modelos autoritarios. Por otra parte, lo característico del nazismo no es la adscripción a determinados dogmas acerca del papel del Estado ni tampoco el exclusivo antisemitismo, sino que la ideología nazi se ha basado en el odio y voluntad de supresion hacia todo lo diferente: el odio racial, religioso, xenófobo, a la diversidad sexual, al comunismo, a la diversidad política, a los discapacitados, a las mujeres, etc. Desde el punto de vista del odio, no hay contradicción entre autoproclamarse enemigo del Estado y la ideología nazi.

                    Ello aclarado, veamos la conducta que se imputa en concreto a Milei en este caso.  Como es público y notorio, Elon Musk hizo un saludo con el brazo en alto imitando el saludo hitlerista en un acto público. Dicho gesto suscitó condenas a nivel mundial. Sus defensores salieron a  sostener que fue malinterpretado, que en realidad es una víctima porque sería consecuencia de padecer autismo, asperger, etc. El socio argentino de Musk, el presidente Milei, asumió en reiteradas ocasiones su defensa incorporando insultos y amenazas: “No sólo no les tenemos miedo. Sino que los vamos a ir a buscar hasta el último rincón del planeta en defensa de la libertad. Zurdos hijos de putas tiemblen.”[3]

                  A posteriori, volvió a defenderlo incluso en el acto en conmemoración del Holocausto: "Ojo con los que de forma banal revolean acusaciones y categorizaciones de nazi a cualquiera que no coincida con su forma de pensar. Tal como lo hicieron expresiones de izquierda, en todo el mundo, por ejemplo con mi amigo Elon Musk, que es un defensor intachable del Estado de Israel", dijo. Pretendió así que Musk no puede ser nazi porque apoya el Estado de Israel, reduciendo el nazismo al antisemitismo.

                      Sin embargo, en esa misma jornada, Elon Musk desmentía a su amigo argentino al intervenir por video conferencia en un mitin del partido de ultraderecha “Alternativa por Alemania”, que nuclea a sectores neonazis y varios de cuyos dirigentes fueron repetidamente sancionados por utilizar simbología y expresiones neonazis[4]. En dicha oportunidad no sólo dio su apoyo a esa fuerza política sino que además sostuvo que los alemanes deben dejar se sentirse agobiados por la culpa por el pasado nazi[5]. Esto, dicho en el país donde fueron asesinados seis millones de judíos y un número considerable de gitanos, homosexuales y opositores, no constituye precisamente una muestra de lejanía con el horror ni contribuye a desmentir la naturaleza del “saludo nazi”. Inmediatamente recibió el repudio de víctimas del Holocausto, fuerzas políticas[6], universidades que anunciaron que dejarán de usar la red social X[7], etc. Pero no de su “amigo” argentino.

                    Ahora bien: el historial de Elon Musk en la materia no avala precisamente que todo sea “casual”, como si se tratara de una mala imitación de Miki vainilla, que “hace rock para divertirse” mientras baja consignas discrminatorias. Su propio padre confesó que el abuelo de Musk era nazi confeso y llegó a leer los “protocolos de los sabios de Sion” en el parlamento canadiense. La familia se mudó de Canadá a Sudáfrica porque estaban “de acuerdo con el régimen del apartheid”[8]. Se enriquecieron explotando minas de esmeraldas “de sangre”[9],  pese a los intentos de Musk por negarlo[10]. En toda su carrera abundan expresiones de odio y discriminación (aun en contra de su hijo por su elección de género) e incluso se vio obligado a visitar Auschwitz para lavar su imagen después de que importantes inversionistas le hicieran un boycot por acoger y fomentar teorías conspirativas antisemitas en su plataforma. [11] Su apoyo en Alemania a una fuerza con componentes neonazis muy marcados no hace sino cargar de significación al supuesto “gesto inocente”. Hasta una de sus propias hijas biológicas se burló de la hipótesis de que todo se debiera a un trastorno autista malinterpretado[12]

                       Entiende, pues, que el apoyo reiterado y la defensa exaltada de Milei al gesto y actitudes políticas de Elon Musk, solidarizándose con ellas, podrían constituir una infracción a la ley 23592, que en su artículo 3 prescribe:

Art. 3°.- Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma.

En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas.”

                Asimismo debe analizarse si se ha incurrido en infracción al art. 213 del Código Penal.[13]

 

                   Por otra parte, su amenaza de perseguir a los “zurdos hijos de puta” hasta el último rincón donde se encuentren, proferida por un jefe de Estado en defensa del hombre más rico del mundoi que además maneja redes de comunicación a escala global constituye a entender del suscripto, claramente, un acto de INTIMIDACION PÚBLICA E INCITACION A LA VIOLENCIA COLECTIVA en los términos de los artículos 211 y 212 del Codigo Penal.

Art.  211: “Será  reprimido  con  prisión  de  dos  a  seis  años,  el  que,  para  infundir  un temor  público  o  suscitar  tumultos  o  desórdenes,  hiciere  señales,  diere  voces  de alarma,amenazare  con  la  comisión  de  un  peligro  común,  o  empleare  otros  medios materiales  normalmente  idóneos  para  producir  tales  efectos.  Cuando  para  ello  se empleare explosivos, agresivos químicos o materiales afines, siempre que el hecho no constituya  delito  contra  la  seguridad  pública,  la  pena  será  de  prisión  de  tres  a  diez años”

.Art.  212: “Será  reprimido  con  prisión  de  tres  a  seis  años,  el  que  públicamente incitare a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones por la sola incitación

                  El suscripto, por su militancia pública de vieja data en derechos humanos y organizaciones que el presidente considera “zurdos hijos de puta”, se ve personalmente afectado e intimidado por esta amenaza, por lo que solicitará ser tenido como querellante.

                   Todo ello reviste mayor gravedad desde que Musk no sólo es socio político  y “amigo” de Milei -.segun este se vanagloria- sino que el mismo proyecta importantes actividades en Argentina al calor del gobierno mileista[14], en la explotación del litio, el cobre, las comunicaciones y otros negocios.[15]

                         Solicita asimismo se investigue el rol de la influencia de Elon Musk en el proceso de privatización de Arsat mediante el cual el gobierno argentino intenta liquidar y extranjerizar una iniciativa argentina y un logro tecnológico nacional, ya que ello podría constituir otros delitos

                  VI) INCITACION AL ODIO POR RAZONES DE ELECCION SEXUAL Y GÉNERO/ HOSTILIDAD INCONSTITUCIONAL CONTRA LOS PUEBLOS INDIGENAS/ AGENDA CONTRARIA AL DERECHO A UN AMBIENTE SANO/ INFRACCION A LA LEY ANTIDISCRIMINATORIA/ VIOLACION DEL ART. 16 Y 75 INCISO 22 E INCISO 17 CN

                  Constituyen asimismo posibles delitos las continuas manifestaciones e iniciativas de Javier Milei contra homosexuales, transexuales, travestis y diversidades.

                     El ejemplo más notable de ello fue su escandaloso y deliberado (estaba escrito, no fue un exabrupto) discurso en Davos en la última reunión del Foro Económico Mundial, en que asimiló homosexualidad con pedofilia.[16]

                  Ello se inscribe en un ataque mayor a todas las diversidades, desde la derogación del cupo laboral a travestis y transexuales hasta la lisa y llana eliminación de la figura penal del femicidio. [17]

                  Tales inicativas, escudadas en una supuesta defensa del principio de igualdad, en realidad constituyen una flagrante violación al mismo así como a las normas que tutelan, por ejemplo, a las mujeres frente a la violencia y que encuentran su fundamento normativo en la Convención de Belén do Pará (Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, aprobada por ley 24632, e incorporada al plexo constitucional en virtud del artículo 75 inciso 22).

               Todas estas iniciativas confrontan directamente con la Constitución Nacional, los tratados y las leyes vigentes y generan responsabilidad del Estado argentino por no cumplir sus obligaciones internacionales.

            No es la primera vez. El pasado 14 de noviembre, Argentina se convirtió en el único país que votó en contra de la resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas destinada a prevenir y eliminar la violencia contra las mujeres, en particular las vinculadas a los entornos digitales. Actitud alarmante por su aislamiento del consenso global, que representa un profundo retroceso en la histórica lucha por los derechos de las mujeres, adolescentes y niñas en un país donde la violencia de género es una de las problemáticas más urgentes, con un femicidio cada 32 horas y el 70% de las mujeres habiendo experimentado algún tipo de violencia a lo largo de su vida, a contramano de instituciones y organismos internacionales, como ONU Mujeres y Amnistía Internacional, insisten en que la violencia de género constituye una de las violaciones a los derechos humanos más extendidas.  Argentina, pionera en Latinoamérica con leyes como la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, ha retrocedido palmariamente por decisión de Milei en su compromiso con la protección de derechos humanos básicos. Este voto negativo constituyó un alejamiento de los estándares globales de derechos humanos y de los compromisos asumidos por el país. Ahora tal actitud se ve reforzada por el anuncio de envío de proyectos para DESPROTEGER A LAS MUJERES Y REDUCIR LAS SANCIONES ANTE LA VIOLENCIA DE GENERO.

               Por otra parte, en un nuevo papelón internacional, Argentina fue el único país integrante del G 20 que se negó a firmar en Brasil una declaración sobre igualdad de género[18]

                  En el mismo marco y con el mismo espíritu discriminatorio y persecutorio, en noviembre de 2024, Argentina votó en contra de una resolución de la ONU que buscaba proteger los derechos de los pueblos indígenas. El país fue el único en oponerse a esta resolución[19] En paralelo, comenzaron una serie de acciones a nivel nacional tendientes a no reconocer los derechos de los pueblos indígenas, deshacer otorgamientos de tierras, criminalizar a determinados grupos indígenas con acusaciones de terrorismo y otros delitos, todo lo cual es público y notorio.

                Del mismo modo, se avanza en iniciatvas de desproteccion del derecho a un ambiente sano y equilibrado que tutela el art. 41 de la CN, incumpliendo dicha manda expresa. En otro papelón internacional, el denunciado Milei retiró a la delegación argentina de la COP29 celebrada, en Baku, y anunció recientemente que se encuentra analizando el retiro del país del Acuerdo de Paris, pese a las consecuencias negativas en el acceso a beneficios y subvenciones internacionales, en consonancia con el negacionismo climático que promueven las petroleras y en línea con el negacionismo de Trump[20]

                   Todo ello no es simplemente una propuesta legislativa o política más o menos discutible sino un conjunto de medidas que:

1)    Violan la ley antidiscriminatoria (citado art. 3 de la ley 23592);

2)    Violan normas constitucionales expresas y vigentes sin que se haya modificado la Constitución Nacional (art. 16, art. 75 inciso 22, ley  24 632, convenciones y tratados internacionales.

3)    Afectan y vulneran el articulo 75 inciso 17 de la CN que reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantiza el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural y prevé otras mandas protectivas de los mismos, así como Ley 24071 que aprobó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, la Resolución 2888/16 de la AG (DECLARACIÓN AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS) y demás normativa aplicable.

4)    Afectan la vigencia del derecho a un ambiente sano y equilibrado que consagra el art. 41 de la CN.

            Cabe recordar que el  art. 248 del CP penaliza al funcionario público que dictare resoluciones u órdenes “contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.

                  Todas estas vulneraciones e incumplimientos, llevadas adelante por orden e iniciativa del Presidente de la Nación, constituyen otros tantos posibles delitos que podrían hallarse incursos en las figuras penales de discriminación e instigación al odio (art. 3 de la ley antidiscriminatoria), abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público y/u otros.

               Quiere resaltar que no se puede invocar al respecto la tradicional defensa de “cuestiones políticas no judiciables”, por cuanto, como se ha indicado, se está incumpliendo el marco jurídico vigente, que es obligación de los funcionarios denunciados defender, respetar y hacer respetar. Por tanto, dejan de ser meras decisiones políticas discrecionales y pasa a ser, a juicio del suscripto, una violación de deberes y un abuso de autoridad, sin perjuicio de otras calificaciones que pudieran corresponder.

                VII) Solicita en consecuencia se tenga por formulada la presente denuncia dándosele el trámite de ley.

                               Proveer de conformidad

                                                                            SERA JUSTICIA

            Javier Adrian Garin

            Abogado

            T.32 F. 735 CPACF



[1]  Zweig, Stefan, El mundo de ayer. Memorias de un europeo, Editores Mejicanos Unidos, Mejico, 2015.

[3] https://elpais.com/argentina/2025-01-22/milei-defiende-el-saludo-con-el-brazo-en-alto-de-elon-musk-y-amenaza-zurdos-hijos-de-puta-tiemblen.html

[4] https://www.infobae.com/cultura/2024/12/03/el-resurgimiento-de-una-amenaza-como-la-extrema-derecha-avanza-en-el-corazon-de-alemania/

[5] https://www.dw.com/es/elon-musk-participa-por-video-en-mitin-de-afd-en-alemania/a-71410614

https://www.pagina12.com.ar/799471-tras-su-polemico-gesto-elon-musk-participo-de-un-acto-de-la-

[6] https://www.infobae.com/america/agencias/2025/01/26/los-lideres-de-alemania-y-polonia-condenan-el-tono-filonazi-del-mitin-de-afd-con-elon-musk/

[7] https://www.lavanguardia.com/vida/20250110/10272412/mas-60-universidades-alemanas-dejan-x-orientacion-antidemocratica-musk.html

[8] https://elciudadanoweb.com/musk-y-su-particular-familia-un-abuelo-nazi-un-padre-cruel-e-hijos-a-los-que-no-les-habla/

[9] https://tn.com.ar/sociedad/2025/01/13/la-historia-de-la-mina-de-esmeraldas-que-pone-en-duda-el-secreto-del-exito-de-elon-musk/

[10] https://es-us.finanzas.yahoo.com/noticias/elon-musk-twitter-rumor-padre-mina-esmeraldas-184338388.html?guccounter=1&guce_referrer=aHR0cHM6Ly93d3cuZ29vZ2xlLmNvbS5hci8&guce_referrer_sig=AQAAAN7gWEG2mydgBqLjmKsT-p1v0m5gjW31Dybl9m88UUFgDOo5XdOPL_yDEDz4BGnvwCi_LjhSY3G6rhrQGe2r38l91LrnSMHKqvy2HsajAXGUSJliEHhu-msqr52I3A6pr7jMiYa4948Nc_kk_p27ZkNcexTHeo-2h8U-ooHnHT4W

[11] https://www.bbc.com/news/technology-68055368

 

[12] https://es.euronews.com/cultura/2025/01/24/llamemos-a-las-cosas-por-su-nombre-una-de-las-hijas-de-musk-zanja-el-debate-sobre-su-salud

[13] el Código Penal  establece:

“Artículo 213. Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito.”

                  La apología no consiste exclusivamente en la alabanza o encarecimiento de un delito para inducir a otros a realizarlo, sino que puede consumarse mediante la justificación directa o indirecta o el enaltecimiento de su autor o autores, pues de esa manera se lesiona el bien jurídico protegido, que es el orden o la tranquilidad públicos, al alentar por vía indirecta a otros a cometerlo, o presentar tales acciones, no como delitos sino como actos excusables, o incluso deseables.

                  Se ha dicho que la apología es la exposición de ideas o doctrinas que defienden el crimen o ensalzan a su autor ante una multitud de personas, por cualquier medio de difusión. Se trata de la alabanza o exaltación de un delito o de su autor, presentándolo como meritorio y digno de aceptación por todos (BAIGÚN, David y ZAFFARONI, Eugenio Raúl, “Código Penal y normas complementarias. Análisis doctrinal y jurisprudencial. Tomo 9. Artículos 200/236. Parte Especial”, Ed. Hammurabi, 1ra. Edición, Buenos Aires, 2010,  p. 483.). La jurisprudencia ha sostenido que el obrar consiste en hacer públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito, entendiéndose por “apología” la exaltación, ponderación o elogio, la presentación como meritorio, digno de defensa y aceptación por todos CFed.CCorr., “V.L.G y otro s/ procesamiento”, sala II, c. 20.336, rta. 29/8/2003.)  Se sostuvo que los elogios de un proceder delictivo sobre hechos ocurridos, justificándolos en su contexto histórico sobre la base de la ineficiencia o imposibilidad de que la justicia pudiera probar y sancionar las conductas delictivas que las víctimas habrían cometido, volcados para su divulgación, configuran el delito de apología del delito CFed. CCorr., “A.A.s/ procesamiento”, sala I, rta. 2/12/1998.) Se trata de presentar actos criminosos como legales y dignos de encomio de forma pública, provocando una incitación por demás perniciosa, pues la exaltación que comporta, conduce a la confusión del sentido moral del deber y la legalidad en el grupo social determinado al que presuntamente se dirige, torciendo su comprensión mediante la justificación aviesa de un delito como meritorio. Indudablemente quienes así publiquen tal calidad de actos, exceden los cánones que la norma determina, pues nada hace razonablemente aceptables tales propósitos (CFed. CCorr., “Antonio J.”, sala I, rta. 13/12/1979, LL 1980-C-312 (del voto del Dr. Mántaras). En su aspecto subjetivo, el delito requiere de un obrar doloso, debiendo abarcar el conocimiento sobre aquello que se exalta o alaba ( Liporace María Cecilia, “A.pología del crimen”, Asociación de pensamiento penal, Código Penal comentado).

 

[17] https://www.infobae.com/politica/2025/01/23/el-gobierno-avanza-con-una-ley-para-eliminar-el-cupo-trans-y-la-discriminacion-positiva-en-el-estado/

[18] https://www.infobae.com/politica/2024/10/14/argentina-fue-el-unico-pais-del-g20-que-no-apoyo-una-declaracion-sobre-igualdad-de-genero-los-motivos-y-el-choque-con-brasil/

[19] https://www.infobae.com/politica/2024/11/11/argentina-fue-el-unico-pais-de-la-onu-que-voto-en-contra-de-una-resolucion-sobre-derechos-de-los-pueblos-indigenas/

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