JAVIER GARIN DENUNCIA A MILEI, VILLARRUEL Y YOFRÉ (TEXTO COMPLETO DE LA DENUNCIA)
Señor Juez:
JAVIER ADRIAN GARIN, abogado, T. VI f. 266
Colegio de Abogados de Lomas de Zamora, T.
I)Que
viene a formular denuncia y solicitar ser tenido como querellante (a cuyo fin
acompañará la pertinente tasa de justicia) CONTRA EL PRESIDENTE DE LA NACION
JAVIER MILEI, LA VICEPRESIDENTA DE LA NACION VICTORIA VILLARRUEL, EL EX ESPÍA
JUAN BAUTISTA YOFRÉ y contra cualquier funcionario público que hubiera
participado, por cualquier título que fuese, en lo que el suscripto entiende constituye
una DEFENSA ANTIJURÍDICA DEL GOLPE DE ESTADO DEL 24 DE MARZO DE 1976 Y DEL
TERRORISMO DE ESTADO instalado con la última dictadura militar (en cuya
virtud la Justicia argentina, mediante procesos irreprochables, dictó NUMEROSAS
CONDENAS contra los integrantes de las entonces Juntas Militares y de una larga
lista de represores incursos en gravísimos delitos de LESA HUMANIDAD), a fin de que se investigue la posible comisión
de apología del delito, incumplimiento de los deberes de funcionario público y/o
abuso de autoridad.
El suscripto no es víctima
directa ni tiene familiares que hayan sido asesinados o secuestrados por la
dictadura militar GENOCIDA, ni militó jamás en organizaciones que defendieran
la lucha armada (a la que siempre rechazó), pero es víctima indirecta, en
tanto ciudadano que durante parte de su vida padeció junto a millones de
argentinos los devastadores efectos de dicha dictadura, la falta de libertades,
la censura, el miedo, la angustia y la opresión. Desde muy joven, cuando
aún imperaba la dictadura militar, mientras era estudiante de Derecho en la
UBA, el suscripto comenzó a militar en repudio al Terrorismo de Estado. Ya
siendo abogado, a partir de septiembre de 1986 en que se recibió contando aún
21 años de edad, el suscripto no sólo militó como ciudadano sino que ejerció la
profesión defendiendo los derechos humanos en multitud de casos, desde víctimas
de gatillo fácil de la “maldita policía” bonaerense en los años noventa, o víctimas
de la represión empresarial bajo la dictadura en la Causa Molinos del Río de la
Plata- Planta Avellaneda, etc., hasta víctimas de delitos aberrantes, o causas
ambientales como el amparo que en su momento patrocinó logrando detener con los
vecinos el emprendimiento megaminero de Agua Rica en Andalgalá, Provincia de
Catamarca. Es impulsor de numerosos proyectos tendientes al reconocimiento de
los derechos de las víctimas de delitos. Es asimismo historiador y autor de numerosas
obras históricas y literarias, entre ellas el “Manual Popular de Derechos
Humanos”, de amplia difusión, y el libro “El último Perón”.[1]
Asimismo, ha dado centenares de conferencias y cursos de formación en todo el
país sobre estas cuestiones.
Por
otra parte, al recibirse de abogado y al matricularse en los distintos Colegios
profesionales, el suscripto juró RESPETAR Y HACER RESPETAR LA
CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA REPÚBLICA. Por tanto considera un DEBER
INDECLINABLE denunciar al Gobierno Nacional frente al rumbo que ha
tomado en la materia, y se sorprende de que no haya más abogados presentando
denuncias de similar tenor en cumplimiento del juramento que prestaron.
Es desde ese punto de vista que el
suscripto se considera profundamente ofendido y agraviado por la reivindicación
implícita de la dictadura militar y el Terrorismo de Estado que se
desprende de los reiterados e insistentes dichos, acciones públicas, emisión de
videos y mensajes de campaña y desde fuentes oficiales por parte del Presidente
de la República Javier Milei y algunos
de sus funcionarios, de la Vicepresidenta de la República Victoria Villarruel,
del ex espía y ex titular de la SIDE Juan Bautista Yofré y de otros personajes
vinculados al actual gobierno, que a juicio del suscripto incurrieron en
forma reiterada y sistemática en una JUSTIFICACION DEL GOLPE DE ESTADO DEL 24
DE MARZO DE 1976, UNA DIRECTA O INDIRECTA
REIVINDICACION DEL TERRORISMO DE ESTADO Y UNA APOLOGÍA DE LOS CRIMINALES
CONDENADOS POR ESOS DELITOS.
III) MARCO INSTITUCIONAL Y
NORMATIVO:
Imagine V.S. cuál sería la
reacción en Alemania frente a un Presidente que planteara que “no fueron seis
millones de judíos” los asesinados por Hitler, o que el Estado nazi actuó
durante el Holocausto defendiéndose de una “agresión marxista-judaica” o
cualquier otra barbaridad negacionista por el estilo. En dicho país, que sufrió
tanto la atroz dictadura de Hitler como la dictadura comunista en su parte
oriental, existe un pacto democrático contra las expresiones que
intentan reivindicar al nazismo o minimizar o negar sus crímenes, lo cual está
tipificado como delito. [2]
En Argentina, si bien no se ha
incorporado normas que penalicen el negacionismo frente al Terrorismo de
Estado, sí existen normas penales actualmente vigentes que sancionan la
apología del delito y el incumplimiento de deberes de los funcionarios, que, en
vez de defender la Constitución y el Estado de Derecho, defienden los golpes de
Estado y minimizan o justifican los delitos de lesa humanidad.
En tal sentido, cabe recordar, no porque
V.S. necesite que se lo recuerde sino para ilustrar a quien acceda al conocimiento
de la presente denuncia, que el Código Penal establece:
“Artículo
213. Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que hiciere públicamente
y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por
delito.”
La apología no consiste exclusivamente
en la alabanza o encarecimiento de un delito para inducir a otros a realizarlo,
sino que puede consumarse mediante la justificación directa o indirecta o el enaltecimiento
de su autor o autores, pues de esa manera se lesiona el bien jurídico protegido,
que es el orden o la tranquilidad públicos, al alentar por vía indirecta a
otros a cometerlo, o presentar tales acciones, no como delitos sino como actos
excusables, o incluso deseables.
Se ha dicho que la apología
es la exposición de ideas o doctrinas que defienden el crimen o ensalzan a su
autor ante una multitud de personas, por cualquier medio de difusión. Se trata de
la alabanza o exaltación de un delito o de su autor, presentándolo como
meritorio y digno de aceptación por todos (BAIGÚN, David y ZAFFARONI, Eugenio
Raúl, “Código Penal y normas complementarias. Análisis doctrinal y
jurisprudencial. Tomo 9. Artículos 200/236. Parte Especial”, Ed. Hammurabi,
1ra. Edición, Buenos Aires, 2010, p.
483.). La jurisprudencia ha sostenido que el obrar consiste en hacer
públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por
delito, entendiéndose por “apología” la exaltación, ponderación o elogio, la
presentación como meritorio, digno de defensa y aceptación por todos CFed.CCorr.,
“V.L.G y otro s/ procesamiento”, sala II, c. 20.336, rta. 29/8/2003.) Se sostuvo que los elogios de un proceder
delictivo sobre hechos ocurridos, justificándolos en su contexto histórico
sobre la base de la ineficiencia o imposibilidad de que la justicia pudiera
probar y sancionar las conductas delictivas que las víctimas habrían cometido,
volcados para su divulgación, configuran el delito de apología del delito CFed.
CCorr., “A.A.s/ procesamiento”, sala I, rta. 2/12/1998.) Se trata de presentar
actos criminosos como legales y dignos de encomio de forma pública, provocando
una incitación por demás perniciosa, pues la exaltación que comporta, conduce a
la confusión del sentido moral del deber y la legalidad en el grupo social
determinado al que presuntamente se dirige, torciendo su comprensión mediante
la justificación aviesa de un delito como meritorio. Indudablemente quienes así
publiquen tal calidad de actos, exceden los cánones que la norma determina,
pues nada hace razonablemente aceptables tales propósitos (CFed. CCorr.,
“Antonio J.”, sala I, rta. 13/12/1979, LL 1980-C-312 (del voto del Dr. Mántaras).
En su aspecto subjetivo, el delito requiere de un obrar doloso, debiendo
abarcar el conocimiento sobre aquello que se exalta o alaba. Corresponde que el
autor del hecho punible actúe con discernimiento y voluntad de elogiar
públicamente la comisión de un delito (concreto y determinado) o al autor de un
hecho delictivo (así declarado por sentencia firme). ( Liporace María Cecilia, “Apología
del crimen”, Asociación de pensamiento penal, Código Penal comentado).
Adviértase, por otra parte, que la
Constitución Nacional considera “traición a la Patria” la investidura de
facultades extraordinarias y la suma del poder público (art. 29), tal
como concentró en sí la última dictadura militar, a la vez que en el art. 36
(inspirado precisamente en las atrocidades de la última dictadura militar)
se considera traición a la patria la interrupción del orden constitucional por
actos de fuerza (como fue el golpe de 1976) y se consagra el derecho de resistencia contra
los que violaren el orden constitucional.
Por otra parte, la Ley
25633 en su artículo 1, establece: “Institúyese el 24 de marzo como
Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia en conmemoración de
quienes resultaron víctimas del proceso iniciado en esa fecha del año 1976”.[3]
Como veremos, el Gobierno
Nacional, si bien no prohibió las actividades conmemorativas, se empeñó en realizar
actos de provocación contra dichas víctimas violando la ley vigente, y
difundiendo a través de medios oficiales, redes sociales y prensa videos
destinados a ofender y agraviar a tales víctimas y a justificar el golpe de
Estado y la represión ilegal, propósitos en los cuales ya había avanzado en
reiteradas oportunidades para producir una escalada de contenidos
autoritarios y represivos por completo contraria a la letra y el espíritu de la
Constitución Nacional y las leyes.
También cabe recordar que el artículo
75 inciso 22 CN incorpora a nuestro plexo constitucional una serie de
instrumentos internacionales: convenciones, pactos y declaraciones de derechos
humanos, que constituyen otros tantos conjuntos normativos que obligan al Estado
Nacional y a los gobernantes y funcionarios a respetar y hacer respetar tales
compromisos internacionales de nuestro país, como ser las convenciones sobre
derechos civiles y políticos, contra la tortura y otros tratos y penas crueles,
inhumanos y degradantes, contra la desaparición forzada de personas, contra los
crímenes de lesa humanidad, de guerra, etc.
El marco jurídico constitucional y
legal que los funcionarios denunciados juraron defender, respetar y hacer
respetar impone, pues, como parte inescindible del Estado de Derecho, la
defensa de los derechos humanos y la condena de las violaciones a los mismos, así
como la obligación de repudiar el genocidio perpetrado por la última dictadura
militar, en tanto constitutivo del compromiso democrático.
Resulta, pues, de gravedad
suma que un Gobierno haga una campaña oficial y sistemática destinada a
reivindicar o atenuar la condena social del Terrorismo de Estado y denigrar u
ofender a las víctimas, bajo pretexto de una supuesta “batalla cultural contra
el marxismo y el peronismo”.
Ello es tanto más grave cuanto que nuestro país
padeció una de las peores formas de dictadura militar, represión ilegal y
Terrorismo de Estado de que se tenga noticia, no solo en nuestra historia, sino
en todo el continente americano.
Cabe asimismo recordar que el
art. 248 del CP penaliza con con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial
por doble tiempo, al funcionario público que dictare resoluciones u órdenes “contrarias
a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes
o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo
cumplimiento le incumbiere”.
De manera que no se trata
de perseguir opiniones más o menos valederas, sino de entender que las máximas
autoridades de la República no pueden apologizar o justificar el Terrorismo de
Estado ni minimizarlo o disculparlo sin incurrir en delito e incumplir sus
deberes, atentando con tal proceder no sólo contra la tranquilidadf pública
sino contra la propia Carta Magna.
IV)VIOLACION DEL PACTO
DEMOCRÁTICO:
El juzgamiento de los integrantes
de las Juntas militares de la última dictadura fue contundente y celebrado a
nivel mundial como un loable ejemplo de Justicia, que nos honra ante el mundo, así
como la dictadura militar nos había deshonrado y convertido en oprobio ante la
comunidad internacional.
La dictadura dejó miles y miles de víctimas, decenas
de miles de familiares de las mismas y hasta el día de hoy alrededor de trescientos
argentinos apropiados que aún no recuperaron su identidad.
Mal que le pese al actual gobierno,
existía hasta el 10 de diciembre de 2023 un PACTO DEMOCRÁTICO, resumido en dos
palabras que caracterizaron el Informe de la Conadep y con las que cerró su
alegato el Fiscal Strassera durante el Juicio a las Juntas: “Nunca Más”.
Como veremos, el “relato” que intenta
instalar irresponsable e ilegalmente el Gobierno implica la ruptura de hecho de
ese “pacto democrático”, que no es fruto de un “relato kirchnerista”, como lo
quieren presentar quienes hoy gobiernan, sino de la acción democrática de generaciones
de argentinos , organismos de derechos humanos, militantes populares,
legisladores, fiscales y jueces, que en
cuatro décadas de democracia difirieron en muchísimos tópicos pero coincidieron
en la férrea voluntad de que no se repita el reinado del terror, para lo cual
resulta indispensable la Memoria, Verdad y Justicia.
Huelga recordar que el informe de
la CONADEP no lo elaboró la Cámpora o un partido de izquierda, sino una comisión
de personalidades designadas a tal fin por el Presidente Raúl Alfonsín, y que
dicha comisión no fue presidida por un comunista o peronista camporista sino
por el reconocido escritor y Premio Cervantes Ernesto Sabato, quien desde su
juventud se manifestó contrario al régimen comunista y en 1955, según el mismo
reconoció, festejó la caída de Perón. Vale decir que Sábato estaba muy lejos de
ser un representante del marxismo o del peronismo kirchnerista y se encontraba ideológicamente
muy cercano al radical Alfonsín.[4]
Tampoco el fiscal Strassera
o los camaristas que juzgaron a las Juntas militares eran afiliados a la
Internacional Comunista ni pertenecían al kirchnerismo, que no existía ni
siquiera como proyecto remoto. El suscripto tuvo la suerte de ser alumno en la
UBA del Dr, Guillermo Ledesma -uno de los jueces de aquel proceso histórico- y recuerda
perfectamente que este jurista defendía en sus clases un derecho penal de corte
liberal y sostenía que en la Unión Soviética y en Cuba no existía el debido proceso
sino un régimen totalitario. Tales menciones, que pueden parecer ociosas, ponen
en evidencia que el proceso de Memoria, Verdad y Justicia fue sostenido por múltiples
actores con diferentes posicionamientos políticos e ideológicos, y que
pretender reducirlo todo a “un relato kirchnerista y zurdo”, como afirma el Gobierno,
constituye no sólo una burda mentira sino también un profundo e intencionado
desconocimiento de la historia reciente, con la sola mira de poder reivindicar
el Terrorismo de Estado alzando la -hoy “pagadora”- bandera del antikirchnerismo.
V)
LA INSTALACION PAULATINA DE LA REIVINDICACION DEL TERRORISMO DE ESTADO Y EL NEGACIONISMO:
Luego de este introito, largo pero necesario,
pasa a analizar el hilo discursivo explícito e implícito en que incurrieron
estas personas hoy denunciadas.
El mismo no se constituye a partir de una
sola acción sino que se ha ido desenvolviendo en etapas, y a través de
diversos actores, pero coordinados y en acciones planificadas, reiterándose de
manera sistemática argumentos mutuamente complementarios para inducir la
conclusión de negar el genocidio y/o justificarlo por vía indirecta o directa.
Ha consistido en líneas
generales en:
A)Minimización del número de
desaparecidos:
cabe recordar que Javier Milei sostuvo esta maniobra ideológica en distintas
oportunidades durante su campaña electoral, y en concreto lo hizo durante los
debates presidenciales; en el curso del primer debate, dijo por ejemplo: “No fueron 30.000 los
desaparecidos, son 8.753".
Esta afirmación sobre el número
de desaparecidos parecería en principio hallarse lejos de una apología, y
limitarse a disentir con el dato que manejan los organismos de derechos
humanos, a lo cual tiene lógicamente derecho. Pero cuando se la relaciona con la
seguidilla de declaraciones y afirmaciones que lo tiene como portavoz, se
advierte la clara e inocultable intencionalidad de atenuar o reivindicar el
Terrorismo de Estado, en contra de las sentencias firmes recaídas en decenas de
causas de lesa humanidad. Cabe recordar
que en el año 2006 se desclasificaron documentos de inteligencia de
los Estados Unidos elaborados en 1978, donde hasta ese entonces el Ejército (solo una de las tres fuerzas armadas) reconocía haber asesinado o hecho desaparecer
a unas 22 mil personas.
Tampoco es posible ignorar que quienes se presentaron ante la Comision Nacional
de Desaparición de Personas (CONADEP) fueron sólo una parte de las víctimas,
toda vez que en esa época persistían grandes temores acerca de la posibilidad
real de que los militares genocidas regresaran al poder; amén de que en el
interior del país, en medios rurales, hubo también numerosas víctimas que no
fueron denunciadas por ser aún mayor el miedo a las represalias.
Veamos lo que dice el propio Sábato,
en el Prólogo del “Nunca Más”, mucho antes de la existencia del denostado kirchnerismo:
“Desde
el momento del secuestro, la víctima perdía todos los derechos; privada de toda
comunicación con el mundo exterior, confinada en lugares desconocidos, sometida
a suplicios infernales, ignorante de su destino mediato o inmediato, susceptible
de ser arrojada al río o al mar, con bloques de cemento en sus pies, o reducida
a cenizas; seres que sin embargo no eran cosas, sino que conservaban atributos
de la criatura humana: la sensibilidad para el tormento, la memoria de su madre
o de su hijo o de su mujer, la infinita vergüenza por la violación en público;
seres no sólo poseídos por esa infinita angustia y ese supremo pavor, sino, y
quizás por eso mismo, guardando en algún rincón de su alma alguna descabellada
esperanza. De estos desamparados, muchos de ellos apenas adolescentes, de
estos abandonados por el mundo hemos podido constatar cerca de nueve mil. Pero tenemos
todas las razones para suponer una cifra más alta, porque muchas familias
vacilaron en denunciar los secuestros por temor a represalias. Y aun vacilan,
por temor a un resurgimiento de estas fuerzas del mal.”
Pero, cualquiera sea el número
que en definitiva se determine, la cantidad de treinta mil, nueve mil o
veintidós mil, una minimización o reducción
del número de desaparecidos no puede erigirse en una ATENUACION DEL HORROR, o
pretenderse que se ha mentido e impugnar así las sentencias dictadas por la
Justicia argentina, por cuanto se encuentra acreditado perfectamente lo que
aquí interesa: la masividad y sistematicidad de la represión ilegal,
a menos que se sostenga –en el colmo del absurdo- que el numero dado por el Presidente
desbarata per se tales caracteres perfectamente acreditados y que al ser, a su
criterio, “menos de treinta mil”, ya no habría genocidio ni lesa humanidad…
B)La afirmación, como
justificativo, de que en Argentina “hubo una guerra”.
Tambien
en el curso de los debates presidenciales Milei afirmó, de manera escandalosa y
vergonzosa, que en la década de los 70 "hubo una guerra". Esta manifestación revela la voluntad
persistente de justificar o atenuar el Terrorismo de Estado, por aquello de que
“en una guerra todo está permitido”, afirmación falaz que ni siquiera se justifica
en la guerra real entre países, en la cual (al menos teóricamente) quienes las
dirigen y ejecutan se hacen pasibles de acusaciones por crímenes de guerra, por
genocidio, por atacar población civil, bombardear ciudades, torturar, violar o
masacrar poblaciones, asesinar prisioneros de guerra amparados por las
Convenciones de Ginebra, etc. Todos ellos son delitos de derecho internacional,
cuya diversa tipificación data de más de un siglo en las convenciones
internacionales respectivas, y han dado lugar a sentencias condenatorias contra
criminales de guerra por acciones criminales en Ruanda, la ex Yugoslavia y
otros países.
Ya que el Presidente se declara admirador del padre de
nuestra Constitucion Nacional, Juan Bautista Alberdi, debería recordar
que el insigne tucumano no sólo escribió “Las Bases”, sino también una obra
fundamental, claro antecedente del derecho internacional de los derechos
humanos: “El crimen de la guerra”,
en el que anticipó en varias décadas la tipificación internacional de los crímenes
de guerra y de los Estados contra su propia población. Por supuesto que
Alberdi, en realidad estaba en las antípodas ideológicas de Milei, pese a su engañosa
invocación, pues era un liberal de verdad, y no un mero defensor del “libre
mercado”. [5]
Pero tales
declaraciones e irresponsables afirmaciones son aún más graves porque en los
años setenta NO HUBO GUERRA, ni sucia ni limpia. No hubo enfrentamiento con una
potencia extranjera (salvo en 1982 la desastrosa guerra de Malvinas que la
misma dictadura provocó cuando estaba próxima a ser desalojada del poder, en el
afán de eternizarse), ni hubo fuerzas irregulares beligerantes declaradas como
tales por el derecho internacional en posesión de una parte del territorio
(salvo una presencia episódica de sectores de selvas en la guerrilla tucumana
que para 1976 ya había sido por completo desbaratada y erradicada de aquella
provincia). Es un hecho demostrado que
el accionar de las organizaciones armadas ya había sido neutralizado y que las
mismas habían sido desmanteladas en su capacidad operativa durante el denostado
(y derrocado) gobierno de Estela Martínez de Perón. Vale decir que al momento
de producirse el golpe de 1976, no había una situación militar que pudiera
describirse como guerra, ni sucia ni limpia, y la represión militar y el Terrorismo
de Estado se utilizaron como herramientas para implantar el plan económico neoliberal
de Martínez de Hoz, reprimir a la población, acallar las protestas, sembrar el
terror, perseguir a militantes sociales, sindicales y políticos, encarcelar
dirigentes (incluso la Presidenta derrocada estuvo presa más de cinco años,
como también lo estuvo el fallecido Presidente Menem, innumerables dirigentes
de todo el país, los directivos de los principales gremios de la CGT, etc.), y de
manera sistemática, planificada y consciente secuestrar personas, torturarlas
en centros clandestinos de detención, asesinarlas negando a sus familiares el
derecho a conocer su destino, sin someterlas a proceso legal, robar niños para
entregárselos a apropiadores, saquear los bienes de las víctimas y apoderarse
de ellos, violar a las prisioneras, someter a todos los detenidos a tormentos
de una perversión inimaginable, arrojar cuerpos al Río de la Plata en los
“vuelos de la muerte”, etc.
Todo esto es ocultado adrede por el hoy presidente
Javier Milei, quien exhuma del arcón nacional del OPROBIO la misma
justificación que blandieron para su ilícito accionar los genocidas.
Cabe
recordar lo sostenido por el jefe de los genocidas, Videla, en 2010, en el marco del juicio oral
que se le realizó a él, al ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército Luciano Benjamín Menéndez y a otros 28
imputados, por delitos de lesa
humanidad. Cuando el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Córdoba
concedió las "últimas palabras" a los acusados, Videla sostuvo -como
Milei- que en la década del ’70 hubo en la Argentina una “guerra interna” y señaló que la
"agresión terrorista quería tomar el poder político para instalar un
estilo marxista". Según su criterio, tal supuesta amenaza justificaba cometer
todo tipo de delitos y tropelías contra los detenidos-desaparecidos, sin forma
alguna de proceso legal. Entre otras repudiables palabras, en el marco de su
defensa, dijo el condenado genocida: "Fue una guerra interna iniciada por las organizaciones terroristas
contra las instituciones del propio Estado argentino... Me niego a aceptar que fue una guerra sucia.
Las guerras defensivas, como la que hubo en nuestra patria, son en general
guerras justas". Hemos de
recordar que el despreciable dictador había declarado a la prensa internacional
en tiempos de su dictadura que los desaparecidos “no están”, no existen, como
si fuera una categoría ontológica, una suerte de fatal e inescrutable limbo
entre la vida y la muerte. Este mismo argumento y apelación a la guerra y al
estado de guerra fue alegado por Emilio Eduardo Massera, jefe de la Armada durante la dictadura, en
ocasión de su defensa en
el histórico Juicio a las
Juntas de 1985.
¿Qué dijo la Justicia argentina y hoy es desconocido y negado por Milei? La CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL DE LA CAPITAL FEDERAL, en su SENTENCIA en CAUSA 13/84 (Juicio a las Juntas) del 9 DE DICIEMBRE DE 1985, descartó de plano la tesis de la “guerra” como justificativo
argumentada por la defensa de los acusados:
“(…) en
modo alguno parece que las fuerzas insurgentes hubieran ejercido dominio sobre
un espacio geográfico determinado, como paso previo a la instalación de un
gobierno revolucionario, para la gestión de su reconocimiento internacional.
Por el contrario, la propia Directiva Nº 333/75, ("operaciones contra la
subversión en Tucumán"), establece que el enemigo -que estima en una
capacidad aproximada entre 300 y 500 hombres- se aprestaba a efectuar la
apertura de un "frente rural", describiendo actividades puramente
preparatorias. Por lo demás, en momento alguno, tales grupos insurgentes,
fueron reconocidos como beligerantes, recibieron reconocimiento internacional,
contaron con la capacidad de dictar normas con alguna eficacia general, y menos
aún tuvieron poder de hecho, para aplicarlas, ni hubo intervención en el
conflicto de potencia extranjera alguna. En las condiciones dadas, está claro
que la lucha armada se desarrolló fronteras adentro, lo que excluye por
completo el concepto de guerra que alude a una contienda entre Estados
soberanos y que tiene por fin hacer prevalecer un punto de vista político (Vid.
Podestá Costa, op. y loc. cit.; Hans Kelsen, "Principios de Derecho
Internacional Público", traducida por Hugo Caminos y Ernesto C. Hermida,
Ed. "El Ateneo", Buenos Aires, sin fecha; Ch. Rousseau, "Derechos
Internacional Público profundizado", Traducción de Delia García Dairreaux,
Editorial "La Ley", Buenos Aires, 1966, p. 371). Tampoco importó una
guerra civil internacional, por la falta de reconocimiento externo del estado
de beligerancia de la facción en armas (Conf. Podestá Costa, op. cit., ps. 11,
12 y 15; Daniel Antokoletz, "Tratado de Derecho Internacional
Público", quinta edición, Librería y Editorial "La Facultad",
Buenos Aires, 1951, T. III, p. 531).”
El Presidente de la Nación, al parecer, no leyó la
sentencia del Juicio a las Juntas, ni le interesa. Lo único que parece interesarle
es reivindicar la represión ilegal utilizando los mismos insostenibles argumentos
que los DEFENSORES DE LOS COMANDANTES CONDENADOS y descalificar una sentencia
firme de un tribunal argentino que llevó adelante un proceso irreprochable.
.
c)La afirmación de que en la que las fuerzas del Estado dictatorial
"cometieron excesos" y no un genocidio planificado y sistemático.
Milei también lo sostuvo en el curso del primer debate
presidencial. Al reproducir la tesis de
los excesos (defendida por la dictadura militar en oportunidad de dictarse a si
misma el decreto ley de autoamnistía y en oportunidad del Juicio a las Juntas),
niega precisamente dos de las características principales de la represión
ilegal: que los delitos del Terrorismo de Estado fueron planificados centralmente
y que fueron ejecutados de manera sistemática.
Una vez más apelaremos, no a las afirmaciones del demonizado “kirchnerismo”,
“camporismo” o “zurdos” de distinta índole, odiados por el Presidente, sino a lo
sostenido por la CONADEP en el prólogo escrito por el anticomunista y
antiperonista Ernesto Sábato:
“…después de haber
recibido varios miles de declaraciones y testimonios, de haber verificado o
determinado la existencia de cientos de lugares clandestinos de detención y de
acumular más de cincuenta mil páginas documentales, tenemos la certidumbre
de que la dictadura militar produjo la más grande tragedia de nuestra historia,
y la más salvaje. (…) De la
enorme documentación recogida por nosotros se infiere que los derechos humanos
fueron violados en forma orgánica y estatal por la represión de las Fuerzas
Armadas. Y no violados de manera esporádica sino sistemática, de manera siempre
la misma, con similares secuestros e idénticos tormentos en toda la extensión
del territorio. ¿Cómo no atribuirlo a una metodología del terror planificada
por los altos mandos? ¿Cómo podrían haber sido cometidos por perversos que
actuaban por su sola cuenta bajo un régimen rigurosamente militar, con todos
los poderes y medios de información que esto supone? ¿Cómo puede hablarse de
«excesos individuales»? De nuestra información surge que esta
tecnología del infierno fue llevada a cabo por sádicos pero regimentados
ejecutores. Si nuestras inferencias no bastaran, ahí están las palabras de
despedida pronunciadas en la Junta Interamericana de Defensa por el jefe de la
delegación argentina, General Santiago Omar Riveros, el 24 de enero de 1980:
«Hicimos la guerra con la doctrina en la mano, con las órdenes escritas de los
Comandos Superiores». Así, cuando ante el clamor universal por los horrores
perpetrados, miembros de la Junta Militar deploraban los «excesos de la
represión, inevitables en una guerra sucia», revelaban una hipócrita
tentativa de descargar sobre subalternos independientes los espantos
planificados.”
Evidentemente, el Presidente
no leyó el Nunca Más, o bien considera que Sábato era un agente pago del marxo-kirchnerismo.
“…Los operativos de secuestro
manifestaban la precisa organización, a veces en los lugares de trabajo de los
señalados, otras en plena calle y a la luz del día, mediante procedimientos
ostensibles de las fuerzas de seguridad que ordenaban «zona libre» a las comisarías
correspondientes. Cuando la víctima era buscada de noche en su propia casa,
comandos armados rodeaban la manzana y entraban por la fuerza, aterrorizaban a
padres y niños, a menudo amordazándolos y obligándolos a presenciar los hechos,
se apoderaban de la persona buscada, la golpeaban brutalmente, la encapuchaban
y finalmente la arrastraban a los autos o camiones, mientras el resto del
comando casi siempre destruía o robaba lo que era transportable. De ahí se partía
hacia el antro en cuya puerta podía haber inscriptas las mismas palabras que
Dante leyó en los portales del infierno: «Abandonad toda esperanza, los que
entráis». De este modo, en nombre de la seguridad nacional, miles y miles
de seres humanos, generalmente jóvenes y hasta adolescentes, pasaron a integrar
una categoría tétrica y fantasmal: la de los Desaparecidos. Palabra
–¡triste privilegio argentino!– que hoy se escribe en castellano en toda la
prensa del mundo.”
No continuaremos transcribiendo este célebre documento
que testimonia el incalificable horror perpetrado, no por excesos de la
guerra sino por una represion asesina planificada y bestial.
Pasemos a otro documento de la época, también insospechable del “demonio
del kirchnerismo y el marxismo cultural”. La sentencia en el Juicio a las Juntas.
¿Consideraron los juzgadores que se trató de excesos en la guerra sucia o
limpia? Por supuesto que no. Afirmaron:
“(…)las acciones que se juzgan fueron, ab initio,abusivas, desde que,
lejos de transponer los límites inicialmente lícitos, fueron una
respuesta al margen de todo derecho. No hubo intensificación de medios
originariamente adecuados sino instrumentos ilícitos. Tales las detenciones sin
juicio, tormentos, malos tratos a prisioneros, robos y daños. No hubo una
inicial juricidad, como lo reclama Soler, sino un ejercicio arbitrario del
propio derecho, en el ejemplo de Núñez. Tampoco se encuentra presente en la
especie la esencia culposa del exceso. Las órdenes emitidas importaron
actuar, con conciencia y voluntad, con relación a las acciones típicas
mencionadas en el párrafo anterior. Finalmente, la forma en que los
enjuiciados condujeron las acciones antisubversivas no se adecuan al carácter
del instituto, que según se señalará, estaba en el temor, la sorpresa, la
agitación del ánimo, que suscitan ciertas circunstancias en las personas. La
agresión terrorista, se afirmó, era grave, seria y debía ser repelida. Sin
embargo, no es admisible que un gobierno que concentraba en sus manos
toda la fuerza del Derecho y de las armas obrara como lo hizo, sobre la
base de una perturbación del ánimo de sus miembros. Los hechos que son
objeto de este proceso fueron planificados, dirigidos y ordenados de acuerdo a
lo que se ha expuesto en capítulos anteriores de esta sentencia y en modo alguno
puede admitirse la existencia de tal elemento subjetivo en los procesados.”
Más adelante
agrega: “Los procesados tuvieron el dominio de los hechos porque controlaban
la organización que los produjo. Los sucesos juzgados en esta causa no son
el producto de la errática y solitaria decisión individual de quienes los
ejecutaron, sino que constituyeron el modo de lucha que los comandantes en jefe
de las fuerzas armadas impartieron a sus hombres. Es decir que los hechos
fueron llevados a cabo a través de la compleja gama de factores (hombres,
órdenes, lugares, armas, vehículos, alimentos, .etc.), que supone toda operación
militar. Sin el imprescindible concurso de todos esos elementos, los hechos no
hubieran podido haber ocurrido. (…) Debe tenerse igualmente presente que
los procesados no sólo dirigían sus respectivas fuerzas sino también a las de
seguridad, entre las que se hallaban las encargadas de prevenir los delitos, y
que por la fuerza se habían erigido en la única fuente de poder de la República,
con lo que no existía autoridad que pudiera controlar eficazmente lo que
acontecía. (…) El dominio de quienes controlan el sistema sobre la
consumación de los hechos que han ordenado es total (…)
La justicia argentina, en este y en prácticamente todos los juicios de lesa
humanidad, que el Presidente ridiculiza y relativiza, ha concluido unánimemente
que la represión ilegal no fueron excesos de represores individuales sino un
plan sistemático de exterminio. El presidente, deliberada y maliciosamente lo
ha negado, con el presumible propósito de justificar el Terrorismo de Estado.
C) Milei afirma: “Montoneros y del ERP mataron,
asesinaron y torturaron gente, pusieron bombas, hicieron un desastre y también
cometieron delitos de lesa humanidad".
Lo ha sostenido en la primera jornada de los debates
presidenciales y lo ha reiterado especialmente en ocasión del 24 de marzo, al
publicar y hacer suyas las expresiones y conclusiones de un video oficial que
pone el acento en los “crímenes de la guerrilla”. Como pacifista convencido y enemigo de toda
violencia, el suscripto ha repudiado reiteradamente los crímenes cometidos por
las organizaciones armadas y no comparte la tesitura de quienes pretendan
reivindicar ese accionar violento, ni siquiera como expresión de un presunto “derecho
de resistencia la opresión”. Pero cabe recordar que los actos delictivos o
violentos cometidos por tales organizaciones (desde tomas cruentas de cuarteles
hasta secuestros extorsivos, atentados y asesinatos empleando diversos medios comisivos) no son delitos de “lesa humanidad” ni pueden
equipararse a estos. Lo que
caracteriza a los delitos de lesa humanidad, lo que los torna imprescriptibles,
inamnistiables e inindultables, es que -además de ofender y destruir la condición
humana- fueron cometidos desde
el Estado, responsable de mantener
la paz y asegurar la vigencia de los derechos y que, en vez de hacerlo, los
viola de manera sistemática, siendo perpetrados por agentes estatales, utilizando la fuerza pública
que el pueblo confió al gobierno para su defensa y no para fines de exterminio
y actos de ilegalidad y tortura.
De manera, pues, que la insistente e inoportuna mención -precisamente en
el Día de la Memoria- de la comisión de delitos violentos por parte de las
organizaciones armadas no estatales, tiene un claro y visible propósito:
justificar el Terrorismo de Estado. “Los condenados por crímenes de lesa
humanidad hicieron lo que hicieron –se dice sin decirlo abiertamente-, secuestraron,
violaron, saquearon, torturaron, arrojaron personas al río en los vuelos de la
muerte, empalaron a un adolescente de quince años para después arrojarlo desde
un avión[6], robaron niños, se negaron
a juzgar legalmente a los detenidos-desaparecidos, etc., porque antes las
organizaciones armadas habían cometido delitos”. Se advierte claramente la
perversidad y malignidad del argumento presidencial.
Una vez más, dejaremos a un
lado las posturas presuntamente falaces e intencionadas que el gobierno atribuye
al kirchnerismo y citaremos el prólogo del “Nunca Más”, escrito por el insospechable
de peronismo o comunismo Ernesto Sábato:
“Durante
la década del 70 la Argentina fue convulsionada por un terror que provenía
tanto desde la extrema derecha como de la extrema izquierda, fenómeno que ha
ocurrido en muchos otros países. Así aconteció en Italia, que durante largos
años debió sufrir la despiadada acción de las formaciones fascistas, de las
Brigadas Rojas y de grupos similares. Pero esa nación no abandonó en ningún
momento los principios del derecho para combatirlo, y lo hizo con absoluta
eficacia, mediante los tribunales ordinarios, ofreciendo a los acusados todas
las garantías de la defensa en juicio; y en ocasión del secuestro de Aldo
Moro, cuando un miembro de los servicios de seguridad le propuso al General
Della Chiesa torturar a un detenido que parecía saber mucho, le respondió con
palabras memorables: «Italia puede permitirse perder a Aldo Moro. No, en
cambio, implantar la tortura». No fue de esta manera en nuestro país: a
los delitos de los terroristas, las Fuerzas Armadas respondieron con un
terrorismo infinitamente peor que el combatido, porque desde el 24 de marzo de
1976 contaron con el poderío y la impunidad del Estado absoluto, secuestrando,
torturando y asesinando a miles de seres humanos.”[7]
Poner el acento en los crímenes
de la mal llamada “subversión” un 24 de marzo, ocultando los crímenes de lesa
humanidad cometidos por los militares genocidas condenados por la Justicia
argentina, muestra una vocación, no de perseguir la “memoria completa”, sino de
reivindicar y/o justificar el Terrorismo de Estado.
D) La emisión de un video del Gobierno
el 24 de marzo, dedicado a justificar indirectamente la represión ilegal:
Como es público y
notorio, el Gobierno difundió por la cuenta X de la Casa Rosada un video de
casi 13 minutos sobre los años 70 y la última dictadura militar, en el marco del Día de
la Memoria por la Verdad y la Justicia, dirigido por un tal Santiago
Oría, en que se renombró de manera ilegal el 24 de marzo como “el Día de la
Memoria, la Verdad y la Justicia Completa”, infringiendo así la ley 25633, pues
no se puede modificar la denominación de un día nacional por video sino por ley. En la misma plataforma, Milei
retuiteó el mensaje y publicó: “POR UNA MEMORIA COMPLETA PARA QUE HAYA VERDAD Y
JUSTICIA”.
La ofensiva pieza recopiló
los testimonios del exmontonero “arrepentido” Luis Labraña, del ex jefe de la SIDE
Juan Bautista “Tata” Yofre, y de María Fernanda Viola, hija del capitán
Humberto Viola, que, por supuesto, tienen todo el derecho de opinar lo que
quieran, pero que, al convertirse tal pieza audiovisual en la versión gubernamental
oficial del Día de la Memoria, asume el carácter de un acto apologético del
Terrorismo de Estado, por los motivos ya explicados precedentemente. Yofré sostuvo
que “no se contó de manera completa la historia” de los años 70, y que ello fue
por plata “porque hubo un reconocimiento a quienes habían destrozado la
Argentina, o iban a destrozar la Argentina, y se quedaron con mucho dinero.
Cifras enormes, de aquel entonces y de hoy, 200 mil dólares para cada uno”.
Asimismo sostuvo que bajo el kirchnerismo “el terrorismo estaba en el gobierno”.
Todo esto con motivo del Día de la Memoria, instituido -recordemos- “en
conmemoración de quienes resultaron víctimas del proceso iniciado en esa fecha
del año 1976”
Va de suyo que las leyes reparatorias
no constituyen un “premio” por cometer delitos sino una reparación por la violación
sistemática de derechos por parte de la dictadura militar a quienes fueron víctimas
de la misma.
Es notable, asimismo, a través de
los libros y reportajes de Yofré, que este oscuro operador del submundo de la inteligencia
no busca la “memoria completa” sino la reivindicación del Terrorismo de Estado.
Ello se trasluce en todas sus publicaciones, inspiradas en el propósito de
reivindicar la represión ilegal como algo justo o al menos necesario frente a la
“agresión marxista”.[8]
Resulta cuando menos curiosa
la queja de estos sectores cuya voz pretende asumir el gobierno, de que los guerrilleros
no hayan sido “castigados” como sí lo fueron -según ellos- los represores. Observó
Fernandez Meijide en el reportaje supra citado: “Cuando Raúl Alfonsín asumió,
ordenó primero la investigación de los hechos y por eso se crea la Conadep.
Después se avanzó con el enjuiciamiento de las Fuerzas Armadas y también el
enjuiciamiento de los jefes de las organizaciones guerrilleras armadas.
Por eso estuvo preso Mario Firmenich y Roberto Perdía, que murió la semana pasó, pudo regresar al
país. -Es un tema que se ignora o se olvidó... -Claro que se
olvida. Como se olvida que a ellos los liberó Carlos Menem con sus
indultos. Los liberó a los militares y a los guerrilleros, a todos.” En
efecto, el sujeto en cuestión, que el Gobierno ha decidido tomar como portavoz,
fue Secretario de Inteligencia y
embajador bajo el menemismo, gobierno que se encargó de indultar por igual a represores
y jefes de organizaciones armadas, mediante un pacto de impunidad que se llamó eufemísticamente
de “pacificación”. En efecto, en 1989 Menem indultó
a los procesados: los militares que todavía estaban en juicio pese a las leyes
de impunidad, y algunos civiles de organizaciones armadas, y clausuró los
juicios pendientes. Fueron cuatro decretos: el 1002 a favor de represores como
Riveros, Suárez Mason, Sasiaiñ y otros; el 1.003 para ciertos represores uruguayos,
dirigentes montoneros, y hasta personas que habían estado desaparecidas, como
Graciela Daleo, quien se negó aceptar el indulto; el 1.004 para los
carapintadas de Semana Santa, Monte Caseros y Villa Martelli; y el 1005 para
los responsables de Malvinas: Galtieri, Anaya y Lami Dozo. La Cámara Federal de
Bahía Blanca se pronunció por la inconstitucionalidad de tales medidas enrelación
a los represores. La Corte Suprema de entonces no sólo las avaló sino que, ante
el planteo de Graciela Daleo de que se violaba su derecho a ser juzgada y la
presunción de inocencia, resolvió que se trataba de un beneficio
“irrenunciable” por ser una potestad discrecional del Poder Ejecutivo. En
diciembre de 1990, Menem prosigue con su política de “pacificación”, que lo
llevó a abrazarse con el almirante Rojas –derrocador de Perón- y con los
Alsogaray, Aleman, etc., y procede a indultar a los condenados judicialmente:
por decreto 2.741, a los integrantes de las tres primeras juntas del Proceso,
Videla, Massera y compañia; por decreto 2742, a Firmenich; por decretos 2.743
al 2.746 a ciertos dirigentes peronistas con causas pendientes, a Martínez de
Hoz y a Suárez Mason, por una causa no prevista en el indulto anterior, y
también a presos comunes, mezclando la Biblia con el calefón. Ambas tandas de
indultos dejaron sin castigo a unas 1.200 personas. El gobierno presionó a los
fiscales para que no plantearan la inconstitucionalidad de los nuevos decretos
y removió a los que se negaban a obedecer. Se cierra así el cuadro de impunidad
total. Si Alfonsín había hecho concesiones inaceptables por sus vacilaciones y
contradicciones y por temor a ver interrumpido el incipiente proceso
democrático, Menem actuó con plena convicción ideológica a favor de la
impunidad. “El indulto me lo banco yo”, fue la frase que eligió para adoptar
estas medidas profundamente impopulares, a las que se oponían, según encuestas
de la época, siete de cada diez personas en el caso de los ex comandantes y
ocho de cada diez en el caso de Firmenich. Los indultos por delitos de
lesa humanidad fueron declarados inconstitucionales años después, mientras que
los de los jefes de organizaciones armadas quedaron firmes porque no se trataba
de delitos de lesa humanidad. Esto, sin embargo, se oculta
intencionadamente para dar la impresión de que hay un grupo de ex militares
injustamente presos…
E) La campaña permanente
de Villarruel a favor de los represores.
Luego de la emisión del video
oficial, la Vicepresidenta manifestó en las redes sociales: “Los DDHH son
para Todos. La Memoria también. Verdad, Justicia y Reparación para las víctimas
del terrorismo. Los responsables de estos crímenes no pueden quedar impunes.
#NoFueron30000”
¿Qué significa “no pueden quedar
impunes”? Siendo abogada, ¿acaso desconoce que los montoneros indultados por
Menem no pueden ser juzgados nuevamente? Y de nuevo la ssitemática discusión en
torno el número de desaparecidos, lo que demuestra el pacto y coordinación que
mantiene con el Presidente, como si el numero modificara la atrocidad de los
delitos…
Es público y notorio que
Villarruel, hija de un militar retirado, expresó en reiteradas oportunidades su
discurso negacionista de la dictadura durante la campaña electoral y también posteriormente,
e incluso organizó un acto en la Legislatura porteña para reivindicar a las
"víctimas del terrorismo" de las organizaciones guerrilleras. Asimismo,
signó buena parte de su carrera política con las polémicas en torno al pasado, afirmando,
por ejemplo, que quienes la cuestionan o tildan de negacionista son “familiares
de terroristas”, refiriéndose a Horacio Pietragalla Corti – ex secretario
de Derechos Humanos de la Nación– y a Victoria Montenegro –legisladora
porteña-, ambos hijos de víctimas del terrorismo de Estado recuperados gracias
a la búsqueda de Abuelas de Plaza de Mayo.
De acuerdo a informaciones periodísticas
de amplia difusión, Villarruel participó de la Asociación Argentinos por la
Memoria Completa y luego conformó Jóvenes por la Verdad, el grupo que solía
organizar visitas al dictador Jorge Rafael Videla mientras estaba privado de
libertad.
También propuso en
diferentes ocasiones cerrar el Museo que funciona en la ESMA, instalar
los dos demonios en el Parque de la Memoria, puso en duda la imparcialidad de los
juicios contra los genocidas y tildó a los organismos de derechos humanos de
“parciales”.
"Un predio como el de la
ESMA son 17 hectáreas que podrían ser disfrutadas por todo el pueblo argentino.
Sobre todo, porque en algún momento estaban destinadas a hacer escuelas y lo
que más necesitamos son escuelas", consideró durante una entrevista en TN,
buscando abolir el contenido simbólico del predio en el que funcionó el
mayor centro clandestino de la dictadura y que hoy sirve como recordatorio del
horror, pese a que la Unesco habìa declarado al Museo Patrimonio
Mundial de la Humanidad amparado por la "Convención sobre la protección
del patrimonio mundial, cultural y natural",
Días pasados, al ser consultada
sobre una eventual lucha militar contra el “narcoterrorismo”, como pretenden la
ministra de Seguridad y el ministro de Defensa, manifestó su desacuerdo quejándose
de que “en los 70 se combatió al terrorismo, ¿y dónde están los que lo
combatieron?: Presos”.
VII) Como se advierte del
conjunto de tales posicionamientos, asistimos, a una maniobra de instalación
gradual destinada a exhibir los juicios de lesa humanidad y consiguientes
condenas como parciales, a cambiar el sentido y contenido de los sitios y
fechas relacionados con la Memoria y el repudio al Terrorismo de Estado, a
justificar directa o indirectamente este último como una respuesta defensiva
frente a los crímenes previos de las organizaciones armadas, a rechazar la caracterización
hecha por los tribunales que juzgaron a los genocidas sosteniendo que no se
trató de un plan sistemático de exterminio sino de meros “excesos” en el marco de una “guerra”, y a poner el
acento en las violencias cometidas por los subversivos para así disculpar o
atenuar las medidas ilegales y violentas adoptadas por la dictadura a partir
del 24 de marzo de 1976.
De modo, pues, que no se trata
de meras opiniones más o menos plausibles, discutibles, acerca de la historia,
sino de una avanzada sistemática in crescendo destinada a disputar el
sentido en torno al 24 de marzo y el repudio a la dictadura militar y el
Terrorismo de Estado. Todo ello, evaluado en su conjunto y no como meras
declaraciones aisladas, constituiría -a entender del suscripto- negacionismo,
apología del delito, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario
público, lo que así solicita se investigue y eventualmente se sancione.
Dado que las citas de declaraciones de los funcionarios aquí denunciados
aparecen en los medios y redes sociales sin más necesidad que su simple
búsqueda mediante Google u otro buscador similar, no se ha considerado
necesario acompañar la impresión o enlace de los artículos de prensa en que
aparecen consignadas, sin perjuicio de que -si V.S. lo estimare necesario-, el
suscripto pone a Vuestra disposición dicha información en caso de serle requerida.
VIII)
Solicita en consecuencia se tenga por formulada la presente denuncia dándosele
el trámite de ley.
Proveer de conformidad
SERA JUSTICIA
Javier Adrian Garin
Abogado
T.32 F. 735 CPACF
[1] Obra esta última en que
analiza críticamente el accionar de las organizaciones armadas en los años
setenta, entre otros temas. Recalca esto para contrarrestar el falaz latiguillo
de que “defender los derechos humanos es defender delincuentes o terroristas”,
pues el suscripto defiende habitualmente víctimas de delitos, repudia los métodos
violentos y las dictaduras de derecha o de izquierda, y se opone a cualquier gobierno
autoritario, sea capitalista, comunista, socialista, islámico, sionista o el rótulo
bajo el que se escude para cometer tropelías contra sus ciudadanos.
[2] En Alemania, el Código
Penal condena
la incitación al odio y la xenofobia, y la negación del holocausto, la defensa
del nazismo y el uso de símbolos que incluyen desde la exhibición de esvásticas
hasta llevar el bigote de Hitler o usar el saludo nazi. En Italia se penaliza
la apología del fascismo.
[3] En esta y en las sucesivas citas las negritas,
cursivas, subrayados, etc., pertenecen al suscripto.
[4] Siempre con la finalidad
de no citar fuentes kirchneristas que el gobierno considera “sesgadas”, se
menciona a continuación lo declarado por Graciela Fernandez Meijide a Infobae: “Nadie cuestionó la CONADEP, jamás. Ese
informe, que cuando llegó el momento de la justicia federal, fue la base y los
fundamentos del juicio, tampoco fue cuestionado. Nunca. El juicio completo no
fue cuestionado, ni por la Corte Suprema. Al contrario, fue refrendado.
-Pero entonces cuál es su interpretación de este
mensaje (se refiere al video de Milei y Yofré)
-Sacan un pedazo de la historia. Yo sé, Facundo, el
dolor de quien pierde a un hijo. Es lo mismo que lo maten unos o que lo maten
otros. Es una vida, un hijo, un padre a que te matan. Entiendo el dolor de
aquellos que eran familiares de víctimas de las organizaciones armadas. Lo
que no se puede comparar es lo que pasó con todos esos crímenes. Los militares,
cuando tomaron el poder, podían haber hecho justicia, mediante la actuación de
los jueces, y en lugar de eso, privilegiaron la represión y el terror que
produce la desaparición. Lo que se castigó fue eso.”
[5] El Crimen de la Guerra” es
“la obra de un gran pacifista, de un humanista convencido y de un hombre
comprometido con su tiempo. Justamente escribió este libro bajo la impresión de
la guerra del Paraguay, en la que había hecho campaña para defender al pueblo
paraguayo de la agresión de sus vecinos y para condenar la política belicista
del gobierno de Mitre en alianza con Brasil y Uruguay. (…) Pero “El crimen de
la guerra” excede con mucho su finalidad de ser la más elocuente condenación de
la guerra del Paraguay. Es la condenación de la guerra en todas
sus formas, de la guerra como práctica internacional,
del culto de la guerra y de las glorias militares (…).En este libro Alberdi se
revela, además, como un gran teórico del Derecho Internacional, un precursor.
Anticipando soluciones que tardarían décadas en alcanzarse, previó la
organización de una Sociedad de Naciones, la conformación de una Justicia
Internacional que castigara a los responsables del crimen de la guerra y la protección
internacional de los derechos humanos. Y todo esto en 1869. “ (…) Alberdi
se opone al contrasentido de que existan dos derechos, uno que rige a los individuos
castigando sus crímenes y otro que rige a los Estados, santificando los
crímenes de guerra. “Si el derecho es uno –argumenta- ¿puede la guerra, que es
un crimen entre los particulares, ser un derecho entre las naciones?.” (…) “El
atraso, la barbarie, la opresión, están representadas en Sudamérica por la
espada y por el elemento militar”. (…)
Alberdi propone una educación para la paz. Combate la “idolatría militar” y el
“culto de los guerreros”. (…) “La responsabilidad penal será al fin el único
medio eficaz de prevenir el crimen de la guerra (…) “el primer culpable de
ese crimen es el soberano que la emprende... (…) Alberdi lleva sus concepciones
contra la guerra a la proposición de un orden internacional fundado en la
existencia de un “pueblo-mundo”. (…)
“ese pueblo compuesto de pueblos que llamamos el género humano”. El conjunto de
las naciones, prevé Alberdi, se organizará paulatinamente conformando una
sociedad universal, celebrando Congresos o parlamentos internacionales y dictando
las leyes que rijan a los Estados en sus relaciones. (…) En esa nueva
organización se constituirán gradualmente Cortes o Tribunales de Justicia
internacional para dirimir los conflictos, aplicar el Derecho Internacional y
castigar a los culpables (…) Alberdi prevé la consagración internacional de los
Derechos Humanos al sostener que (…) cuando
uno o muchos individuos “son atropellados en sus derechos internacionales, es
decir, de miembros de la sociedad de la humanidad, aunque sea por el gobierno
de su país, ellos pueden, invocando el derecho internacional, pedir al mundo
que lo haga respetar en sus personas, aunque sea contra el gobierno de su
país”. Párrafo extractado de mi Manual Popular de Derechos Humanos.
[6] El “negrito” Floreal Avellaneda. El 15 de mayo de 1976, la prensa uruguaya daba a
conocer que el día anterior ―el 14 de mayo de 1976 (el día en que Floreal
Avellaneda hubiera cumplido 16 años)― se habían encontrado ocho cadáveres
en la ensenada del puerto de Montevideo.8 Uno de ellos era el Negrito Avellaneda. Todos fueron
víctimas de los vuelos de la muerte. El cadáver fue hallado
atado de pies y manos, con una profunda herida. Se pudieron reconocer signos de
que había sufrido torturas físicas, y el choque provocado por la caída desde
varios miles de metros contra el agua le rompió el cuello,3
pero la muerte habría sido causada por un empalamiento que
habría destrozado los órganos internos y provocado una hemorragia fatal.
[7] Este párrafo no es del agrado de ciertos
sectores que reivindican el accionar de las organizaciones armadas y se niegan
a admitir que los actos de violencia revolucionaria constituyen delitos. Por
eso se ha acusado a Sábato de defender la teoría de los dos demonios, lo cual
es evidentemente falso e impropio.
[8] Ha llevado tal reivindicación
hasta el extremo de pretender atribuirle a Perón (para justificar así a Videla)
la partida de nacimiento de la represión ilegal. He rebatido esta especie
maliciosa y denigrante en mi libro “El último Perón”. Dice en una de sus publicaciones que el llamado “documento reservado” de
los Gobernadores, posterior al asesinato de Rucci, “fijaba directivas para terminar con el
‘entrismo’ de la izquierda”, asegurando haberlo entregado para su análisis a un
oficial retirado especialista en inteligencia y estrategia militar (cuyo nombre
no revela), del cual surgiría que se trata de un documento donde se justifica
la matanza de montoneros y se crea una estructura paralela a la del Estado para
hacer inteligencia y asesinarlos. Esta “interpretación” no es más que eso: una
fantasiosa creación de Yofré y su misterioso militar amigo, que no surge de la
letra del documento, y cuya única finalidad es “lavar la cara” a la represión
ilegal llevada a cabo por la dictadura, haciéndola aparecer como una
consecuencia de una supuesta orden emanada del Consejo partidario y avalada por
Perón. De este tenor son las acusaciones de este sujeto.
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